Organizaciones demandan la exclusión de Leonel Fernández en debate presidencial

YOSPER, SANTO DOMINGO.- Diversas organizaciones han presentado una acción de amparo ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) impugnando el debate presidencial organizado por la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE), argumentando una supuesta violación del principio constitucional de igualdad de género. Entre las organizaciones que han sometido esta acción se encuentran la Federación Nacional de Trabajadores del Transporte Social Cristianos (Fenattransc), la Federación de Mujeres Envejecientes de San Isidro (Fumesi) y el Movimiento Nacional Reeleccionista "La Expansión". Según estas organizaciones, la exclusión de las candidatas presidenciales por parte de ANJE constituye un acto de discriminación hacia las mujeres que aspiran a la presidencia de la República, violando varios artículos de la Constitución.

La solicitud de amparo busca no solo la exclusión del expresidente Leonel Fernández del debate, sino también la inclusión de los demás candidatos presidenciales de los partidos minoritarios para las elecciones de mayo próximo. Alegan que ANJE ha convocado únicamente a los candidatos de los partidos mayoritarios, excluyendo a los demás aspirantes presidenciales, lo que contraviene el principio de igualdad y equidad de género establecido en la Constitución. La exclusión se justifica bajo el argumento de convocar solo a los candidatos de los partidos que obtuvieron más del 5% de los votos en las últimas elecciones presidenciales del 2020, dejando fuera a otros seis candidatos, lo que, según los demandantes, infringe el derecho de igualdad consagrado en el artículo 39 de la Carta Magna.

El debate, programado para el 24 de abril y con la participación confirmada del presidente Abinader, Abel Martínez y Leonel Fernández, ha generado controversia ante las acusaciones de exclusión y discriminación. Las organizaciones demandantes buscan que el Tribunal Superior Electoral tome medidas para garantizar la participación equitativa de todos los candidatos presidenciales, en cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad y equidad de género.

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